Todos los documentos deberán ser: ORIGINALES.
1. Testamento.
2. Acta de defunción.
3. Acta de matrimonio del testador, en su caso.
4. Datos generales (bajar formato para llenar).
5. Identificación oficial vigente de las partes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
6. Clave única de registro de población (CURP) de las partes.
7. Si alguna de las personas que interviene en las operaciones es extranjera deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.
1. Publicaciones en el periódico oficial y en el otro de mayor circulación.
2. Inventario de los bienes de la sucesión.
3. Escrituras de propiedad.
4. Última boleta predial.
5. Última boleta de pago de agua.
Todos los documentos deberán ser ORIGINALES.
1. Escritura o escrituras que amparen la propiedad de los bienes heredados. (antecedente de propiedad).
2. Si la escritura ampara sólo terreno:
a. Licencia de construcción,
b. Número oficial,
c. Aviso de terminación de obra o aviso de regularización de obra
3. Boleta predial pagada por el año en curso, a nombre del testador.
4. Última boleta de agua.
5. Acta de matrimonio del testador en caso de haber adquirido estado casado.
6. Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervengan en la operación. formato para descarga.
7. Identificación oficial vigente de las partes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
8. Cédula del registro federal de contribuyentes (RFC, copia de situación fiscal) de las partes.
9. Clave única de registro de población (CURP) de las partes.
10. Si alguna de las personas que intervienen en la operación es extranjera deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.
11. En caso de acudir en representación de una persona física o moral, presentar poder notarial.
12. Acta de nacimiento de las partes.
13. En caso de estar sujeta la propiedad a régimen de propiedad en condominio:
a. Escritura de constitución del régimen de propiedad en condominio.
b. Reglamento del condominio.
c. Constancia de no adeudo de cuotas de administración.
NOTA: De la revisión de los documentos antes mencionados sabremos si requerimos algún otro en especial.
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