La Notaría Pública No.74 del Estado de México está conformada por un equipo de trabajo altamente capacitado y motivado que, a través de honestidad, excelente servicio, respeto y discreción, cubren todas las expectativas y necesidades de nuestros clientes.
Nuestro equipo cuenta con la capacidad de dar una solución rápida y expedita de los asuntos que les son encomendados, siempre conscientes de que el tiempo y la eficiencia son prioridad en el servicio a nuestros clientes.
Cada uno de nuestros abogados brinda asesoría en cualquier ramo de la materia notarial bajo los mas altos estándares de calidad.

Contacto

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Preguntas Frecuentes

Compra-Venta

  • ¿Se puede escriturar un inmueble de la CDMX en una Notaría del Estado?

    Sí es posible escriturarlos, tanto de la CDMX como de otros Estados de la República.

  • Requisitos para una Compra–venta

  • ¿Cuánto se cobra por la escritura de compraventa de un inmueble?

    Dependiendo de la ubicación del inmueble son los impuestos y derechos que se deben pagar.

  • Tiempo que tarda todo el trámite.

    Si se cuenta con todos los requisitos de 6 a 7 semanas, aunque puede reducirse este tiempo.

  • ¿Quiénes deben pagar las escrituras?

    El Código Civil Estado (art. 7.546) dice que son a cargo del comprador, aunque puede pactarse otra cosa; el ISR si se causa, lo debe pagar el vendedor.

  • ¿Cuándo se puede exentar el ISR?

    La exención será aplicable siempre que los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención correspondiente.

  • ¿Cómo se puede exentar el ISR?

    Presentando credencial de elector, recibos de teléfono, luz o cuentas bancarias o de casas comerciales con el domicilio del inmueble a enajenar, de su cónyuge, de sus ascendientes o descendientes.

  • ¿Se puede escriturar una casa que se va a pagar a plazos?

    Sí, hay diferentes formas de garantizar los pagos.

Testamentos

  • ¿Qué documentos se necesitan para un Testamento?

    Llenar el formato de notaría (formato en donde se asientan los deseos del testador). Copia de su identificación, la cual deberá presentarse en original al momento del otorgamiento del testamento. Presentarse personalmente a la notaría, encontrándose en perfecto estado mental.

  • ¿Puede ser albacea el mismo heredero?

    Sí, puede ser el mismo heredero el albacea.

  • ¿Cuándo se requiere tutor?

    Cuando hay menores de edad o mayores incapaces.

  • ¿Qué es un curador?

    Quien vigila la correcta administración del tutor.

  • ¿Se puede hacer el Testamento de dos personas, en una misma escritura?

    No, el testamento es individual y personalísimo por lo que no se acepta representación.

  • ¿Se puede designar herederos a personas que aún no han nacido?

  • ¿Se deben presentar las escrituras de los bienes?

    No, inclusive se pueden dejar bienes que aún no se tengan en propiedad.

  • ¿Qué es un legatario?

    La persona a la que se le deja un bien específico.

Cancelación de Hipoteca

  • ¿Qué documentos se necesitan para una cancelación de hipoteca?

    Carta de instrucción dirigida a la Notaría 74. La escritura de apertura de crédito con datos de registro, y en caso de haberse hecho alguna reestructura, la escritura respectiva.

Copias Certificadas

  • ¿Qué se necesita para certificar un documento?

    Se analiza el documento que se va a certificar, para saber si efectivamente se puede hacer la certificación. Llevar a la notaría el original para su cotejo.

  • Si el original está borrado o corregido, ¿se puede certificar?

    No.

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