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Sucesión Intestamentaria

Sucesión a falta de testamento.
Transmisión de los bienes del finado, cuando éste no dejó Testamento, y se transmiten en los términos que manda el Código Civil del Estado.

Consta de 3 etapas

I) Radicación

Requisitos:

Todos los documentos deberán ser: ORIGINALES.

    a. Acta de defunción.

    b. Las actas en las que se acredite el parentesco con el finado.

    c. Llenar formato de datos generales de cada una de las personas que intervenga en la operación. (Formato para descarga)

    d. Identificación oficial vigente de las partes. (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).

    e. Clave única de registro de población (CURP) de las partes.

    f. Si alguna de las personas que interviene en las operaciones es extranjera deberá acreditar su legal estancia en el país con su FM2, FM3 o tarjeta de residencia.

II) Información testimonial, declaración de herederos y nombramiento de albacea.

Requisitos:

Todos los documentos anteriores y además:

1. Publicaciones

2. Acta de defunción

3. Acta de nacimiento de los presuntos herederos.

4. Se requerirá la presencia de dos testigos por parte de los presuntos herederos.

III) Proyecto de partición y adjudicación.

Requisitos:

Las dos escrituras anteriores con sus anexos y todos los documentos que se requieren para una compraventa (ver compraventa).

NOTA: De la revisión de los documentos antes mencionados sabremos si requerimos algún otro en especial.